Coros, Orquestas y Ballet.
25 de abril de 2008
Se formó un equipo de trabajo paritario para tratar las modalidades jubilatorias del colectivo sectorial y el régimen jubilatorio especial para el Ballet Folklórico Nacional.
ACTA DE ENTENDIMIENTO 2
En la Ciudad de Buenos Aires, a los 25 días del mes de Abril de 2008, siendo las 17 hs. en la sede del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL comparecen por parte de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION los Sres. Rolando GOLDMAN, Marcelo CHAHER, Eduardo RODRIGUEZ ARGUIBEL, Pablo LADIZESKY, José Luis ALVAREZ, Carlos DE CARLI y en representación de la UNION PERSONAL CIVIL DE LA NACION, los Sres./Sras. Rubén CORONEL, Marta FARIAS y Rodrigo DE ECHANDIA, y de los Sres./Sras. Rubén MOSQUERA, Eduardo DE GENNARO, Estela FERRAZZANO, acompañados por Walter OLIVERIO, Evangelina BIDART, Javier LEZCANO, Sabrina CASTAÑO, Hernán NOCIONI, Federico SANTUCHO, Consuelo ALVAREZ, Andrés ASCENIO, y Hugo PONCE por parte de la ASOCIACION TRABAJADORES DEL ESTADO.
En este estado las representaciones aquí presentes acuerdan mediante este Acta de Entendimiento:
a)Las representaciones de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION y de las entidades signatarias de la presente Acta acuerdan efectuar la evaluación y cálculo de los trabajadores dependientes de los organismos artísticos de dicha SECRETARIA, involucrados en el Convenio Colectivo de Trabajo y en las actas de entendimiento suscriptas en el día de la fecha y tomando en cuenta la voluntad del Gobierno Nacional de jerarquizar los organismos artísticos, a efectos de propiciar mejoras en las prestaciones y modalidad jubilatoria de estos trabajadores.
b) Asimismo se hace necesario analizar un proyecto que dé cobertura a los derechos previsionales de los integrantes del Ballet Folklórico Nacional en el marco de la actividad profesional que aquí se trata.
c) A tal efecto acuerdan constituir una Comisión Técnica de Evaluación, la que en el término de hasta CIENTO OCHENTA (180) días contados a partir de su integración, deberá elevar una propuesta a las partes signatarias de la presente, orientada plasmar lo expresado en el punto precedente.
d) En vista de ello entienden conveniente y oportuno, en razón de la materia comprendida, invitar a las autoridades de la Subsecretaría de Presupuesto de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía y Producción, de la Subsecretaría de la Gestión Pública y de la Subsecretaría de Coordinación y Evaluación Presupuestaria, amabas de la Jefatura de Gabinete de Ministros, como así también de la Secretaría de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social para que cada uno asigne un funcionario de su área como integrante de dicha Comisión. A este objeto el SR. SECRETARIO DE CULTURA DE LA NACIÓN cursará de inmediato las respectivas invitaciones.
e) Junto con los representantes nominados de conformidad con la cláusula precedente, cada una de las representaciones signatarias de la presente Acta, podrán nominar hasta 2 (DOS) integrantes en la referida Comisión.
f) La Comisión deberá estar funcionando no más allá del 1° de Agosto de 2008.
g) Las autoridades de la SECRETARIA DE CULTURA DE LA NACION dispondrán la información de detalle que la Comisión le solicite a los efectos de su contenido así como el apoyo administrativo que requiriese.
Se suscriben TRES (3) ejemplares de un mismo tenor de la presente Acta de Entendimiento.